
Clasificación General de las Obligaciones OBLIGACIONES CONDICIONALES La obligación condicional se encuentra definida legalmente en el art. 1197 CC, “La obligación es condicional cuando su existencia o resolución depende de un acontecimiento futuro e incierto”. A ese acontecimiento futuro e incierto lo llamaremos CONDICION CLASES DE CODICIO 1. Condición Suspensiva y Condición Resolutoria El art. 1198 CC establece que “Es suspensiva la condición...” Entonces tenemos que la condición suspensiva es aquella de cuya realización depende la eficacia, existencia plena de la obligación, la cual solo produce sus efectos cuando se verifica la condición. El art. 1198 CC, único aparte, establece que: “Es resolutoria la condición...” Entonces tenemos que la condición resolutoria es aquella de cuya realización depende la extinción de la obligación; la cual se extingue cuando la condición se verifica. 2. Condición Casual, Potestativa y Mixta. El art. 1.199...